Confirma Tribunal Electoral de Veracruz obstrucción a síndica de Río Blanco; involucran a exfuncionario y actual candidato de Morena

Xalapa, Veracruz.-El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el expediente JDC/15/2025, en el que se determinó que la síndica única del Ayuntamiento de Río Blanco, Janett Paola del Valle Lara, ha sido obstruida en el ejercicio de sus funciones por parte de diversos funcionarios municipales, incluido el extesorero José Gómez Deyta, y actual candidato de Morena a la alcaldía.
En la sentencia, aprobada por unanimidad por las magistradas y magistrados del TEV, se concluyó que hubo una obstaculización real al cargo de la síndica, y aun cuando no se acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, la resolución fue:
“El órgano jurisdiccional declaró fundada la obstrucción al ejercicio del cargo de la actora e inexistente la violencia política de género, en los términos precisados en la sentencia”, establece el documento oficial.
De acuerdo con los hechos expuestos, Del Valle Lara fue excluida de funciones clave, al negarle el acceso a documentación oficial y a información indispensable para llevar a cabo su labor de vigilancia y fiscalización del gasto público.
Entre los señalados se encuentran el presidente municipal, el extesorero José Gómez Deyta, el coordinador de Ingresos y el contralor interno municipal.
A pesar de que Gómez Deyta actualmente busca la presidencia municipal de Río Blanco por el partido Morena, el Tribunal instruyó al Órgano Interno de Control del ayuntamiento a abrir una investigación sobre las conductas que derivaron en la obstrucción de funciones, y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
Asimismo, se ordenó promover un nuevo procedimiento jurisdiccional para analizar hechos posteriores relacionados con la obstaculización, lo que podría derivar en nuevas medidas legales.
Aunque en su sentencia el TEV aclaró que no se acreditaron elementos suficientes para declarar violencia política en razón de género, recordó que esta figura legal implica toda acción u omisión con base en el género que tenga como efecto limitar o anular los derechos políticos de las mujeres, así como obstaculizar el ejercicio pleno de sus atribuciones.
Este caso pone en el centro del debate el respeto al ejercicio de los cargos públicos y el derecho de las mujeres a desempeñar sus funciones sin bloqueos ni interferencias, particularmente en un contexto electoral.
